A partir del 1 de enero del 2020 Barcelona convierte toda su área urbana en una zona de bajas emisiones, ZBE, siglas que identifican este nuevo status.

El objetivo de la ZBE es reducir la contaminación ambiental, preservar y mejorar la calidad del aire.

El área delimitada es de más de 95 km2 y comprende toda la ciudad de Barcelona entre la ronda de Dalt y la ronda del Litoral, y parte o la totalidad de los municipios de L’Hospitalet de Llobregat, Cornellà de Llobregat, Esplugues de Llobregat y Sant Adrià de Besòs. Dentro de la ciudad quedan fuera de esta restricción los barrios de Vallvidrera, el Tibidabo i les Planes, y la Zona Franca. 

La ZBE estará vigente de lunes a viernes, de 7.00 a 20.00 horas en días laborables, según lo establezca la ordenanza reguladora. 

Los vehículos que no tienen distintivo ambiental (sin etiqueta) no podrán circular, salvo excepciones, son:

  • Turismos de gasolina anteriores a Euro 3 matriculados antes de enero del año 2000 y diésel anteriores a Euro 4 matriculados antes de enero del 2006.
  • Furgonetas anteriores a Euro 1 matriculadas antes del 1 de octubre de 1994. Los transportistas disponen de una moratoria de un año para adaptarse a la nueva normativa.
  • Motos, ciclomotores y cuatriciclos anteriores a Euro 2 matriculados antes del 2003.

El resto de vehículos quedarán englobados en 4 categorías según su potencial contaminante:

Etiqueta amarilla.

  • Turismos y comerciales, clasificados en el Registro de vehículos como gasolina con nivel de emisiones Euro 3/III o diésel Euro 4/IV o Euro 5/V. 
  • Vehículos de más de ocho plazas y de transporte de mercancías clasificados en el Registro de vehículos como Euro 4/IV o Euro 5/V independientemente del tipo de combustible. 
  • Motos y ciclomotores Euro 2.

Etiqueta verde.

  • Turismos y comerciales ligeros, clasificados en el Registro de vehículos como gasolina con nivel de emisiones Euro 4/IV, 5/V o 6/VI o diésel Euro 6/VI. 
  • Vehículos de más de ocho plazas y transporte de mercancías, clasificados en el Registro de vehículos con nivel de emisiones Euro 6/VI, independientemente del tipo de combustible. 
  • Motos y ciclomotores Euro 4 y Euro 3.

ECO. Etiqueta verde y azul.

  • Turismos y comerciales ligeros clasificados en el Registro de vehículos como vehículos híbridos enchufables con autonomía
  • Vehículos de más de ocho plazas y transporte de mercancías clasificados en el Registro de vehículos como híbridos enchufables con autonomía. 
  • Motos y ciclomotores con categoría eléctrica HEV y PHEV (vehículos híbridos eléctricos no enchufables y enchufables, respectivamente) y autonomía inferior a 40 km.

Cero emisiones. Etiqueta azul.

  • Vehículos clasificados en el Registro de vehículos como vehículos eléctricos de batería (BEV, por sus siglas en inglés), vehículos eléctricos de autonomía extendida (REEV, por sus siglas en inglés) y vehículos eléctricos híbridos enchufables (PHEV, por sus siglas en inglés) con una autonomía mínima de 40 km o vehículos de pila de combustible.

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